El
Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo el recurso de
acción directa de inconstitucionalidad que introdujo el Comité Nacional
de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC) contra el decreto de
creación de la comisión para investigar Punta Catalina.Durante la
audiencia de ayer, presidida por la magistrada Leyda Margarita Piña
Medrano, se conocieron siete expedientes, de los cuales seis quedaron en
estado de fallo y uno se aplazó.
En el caso de la acción en
contra del decreto que crea la comisión para investigar al proyecto de
Punta Catalina, los representantes del CNLCC encabezados por Rafael
Enrique de León, explicaron que el recurso busca defender dos aspectos
fundamentales: el derecho de la ciudadanía a velar por el respeto a la
Constitución y la independencia y separación de los poderes públicos.
Indicó
que con el referido decreto “el presidente de la República está
usurpando funciones que son o del Congreso de la República o del
Ministerio Público y de otras instituciones”.
Resaltó que espera
que “el TC reconozca y escuche el clamor de miles de ciudadanos y
ciudadanas que se han lanzado a la calle durante cuatro marchas verdes
reclamando el fin de la impunidad que es lo que está en juego”.
Frente
a esto, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío
Espinal, resaltó que el pedimento que hacen los accionantes es
totalmente improcedente por razones de forma y de fondo.
Señaló
que el Constitucional ha dicho en su jurisprudencia, en múltiples
sentencias, que los actos públicos de alcance particular no son
susceptibles de acción directa de inconstitucionalidad.
“Este
decreto no usurpa ningunas funciones, ya que el presidente, como titular
del Poder Ejecutivo, en un régimen presidencial tiene amplias
facultades para dar respuesta a las necesidades y los problemas que
tiene la sociedad y en este caso, él conformó esa comisión para arrojar
luz sobre el proceso de adjudicación de Punta Catalina”.
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