El
Ministerio de Trabajo advirtió que podría sancionar las empresas que
incumplan con el pago del aumento al salario mínimo a partir de este
mes.
José Ramón Fadul (Monchy), ministro de esa institución,
recordó que la resolución de aumento de salario para el sector privado
no sectorizado emitida por el Comité Nacional de Salarios
(CNS) tiene fuerza de ley, y su aplicación es impostergable. “En eso no
hay vuelta floja porque sería violentar la ley ”, explicó.
La resolución 05/2017, ordena subir 13 % al salario mínimo a
partir del primero de mayo y 7 % a partir de noviembre. En total 20 %.
Pero la Confederación Patronal Dominicana llamó a sus
afiliados a no pagar el alza el 15 de mayo para “darle tiempo a la
discusión de reclasificar las empresas en micro, pequeñas y medianas,
según la ley 488”.
Fadul insistió en no mezclar el reajuste salarial con las
discusiones del Código de Trabajo ni con la reclasificación de las
empresas “porque esas categorías las da el Ministerio de Industria y
Comercio y MiPymes.
Sindicalistas atentos
El presidente de la Confederación de Unidad Sindical, Rafael
(Pepe) Abreu, dice que no es ilegal que los empleadores paguen el
aumento desde el 30 de mayo siempre que sea retroactivo al día uno de
ese mes.
Sin embargo, estarán atentos para notificar al Ministerio de Trabajo sobre cualquier incumplimiento.
La Central de Trabajadores Unitarias recordó que el reajuste
aprobado por el CNS no tiene que esperar ninguna reclasificación para
ser aplicado y las empresas que no cumplan deben ser sancionadas.
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