La condena de 35 años de prisión dictada a Frankeli Holguín está amparada en la Ley 267-08 sobre Terrorismo, legislación que no entra en conflicto con el Código Penal Dominicano que establece una pena máxima de 30 años de reclusión.
El Cuarto Tribunal colegiado del Distrito Nacional sentenció la tarde de este martes a 35 años de prisión a Frankeli Holguín Medina, acusado de cometer un atentado en la segunda línea del metro en el que 18 personas resultaron con quemaduras y heridas.
El abogado Carlos Balcácer explicó que la aplicación de la ley especial sobre Terrorismo no entra en conflicto con la sección de crímenes capitales establecidos a partir del artículo 295 del Código Penal.
El artículo 7 de la ley establece que serán sancionados con penas de 30 a 40 años de reclusión a todo aquel que cometa un acto de terrorismo consistente en detonar, explotar, esparcir, arrojar, colocar, o diseminar por cualquier medio o procedimiento, armas, dispositivos, artefactos, sustancias o materiales de alto poder explosivo, compuestos químicos, biológicos o radioactivos, susceptibles de provocar muertes, heridas, lesiones, o estragos materiales de consideración, en establecimientos de uso público, y establecimientos privados.
Esta condena convierte a Holguín Medina en el primer dominicano sentenciado por violación a la Ley 267-08 sobre terrorismo.
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